El Pleno de la Cámara de Senadores aprobó en lo general, con 76 votos a favor (del oficialismo) frente a 39 en contra (PAN, PRI y MC), el decreto que reforma la Ley de Amparo, el Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Una vez aprobada en lo particular, la reforma será remitida a la Cámara de Diputados para su revisión.
Al momento del cierre de la edición, se perfilaba la aprobación de una adición al artículo segundo transitorio, propuesta por el morenista Manuel Huerta, que establece que los asuntos en trámite continuarán bajo las nuevas disposiciones del decreto. La senadora priista Carolina Viggiano advirtió que esta adición es violatoria del Artículo 14 de la Constitución y otorga un carácter “retroactivo” a la ley.
Javier Corral Jurado, presidente de la Comisión de Justicia, defendió el decreto, señalando que la reforma, impulsada a partir de una iniciativa de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, es fruto de un trabajo “serio, informado y plural”. Negó que el trámite haya sido cerrado, destacando que se realizaron audiencias públicas con especialistas, litigantes y organizaciones sociales.
Corral Jurado detalló que el fin último de la enmienda es “fortalecer el juicio de amparo como escudo ciudadano frente al poder” y, al mismo tiempo, “cerrar los resquicios que han permitido abusos procesales” que afectan el interés colectivo y el desarrollo del país.
Los tres objetivos fundamentales de la reforma son:
Modernizar el juicio de amparo mediante la incorporación clara de herramientas digitales.
Hacer el procedimiento más eficiente y ágil, eliminando espacios para la dilación y el abuso.
Preservar su carácter garantista, reafirmando que es un recurso efectivo de defensa ante actos de autoridad.
El dictamen definió con mayor precisión la figura del interés legítimo, lo que, según Corral, evitará demandas basadas en intereses abstractos y la sobrecarga de los tribunales, sin negar el acceso a la justicia de colectivos con afectaciones efectivas.
La oposición criticó fuertemente la reforma, considerándola un intento de restringir el juicio de amparo y debilitar al Poder Judicial.
Guadalupe Murguía (PAN) argumentó que la reforma no fortalece el amparo, sino que “blinda a las autoridades” al favorecer la concentración de poder y reducir los contrapesos ciudadanos. Aunque reconoció que se modificó la definición original de interés legítimo para dar un concepto más amplio, se opuso a que se mantenga el requisito de que la suspensión produzca un beneficio cierto (no hipotético) para el quejoso.
Carolina Viggiano (PRI) aseveró que la reforma, aunque no elimina el amparo, sí restringe “la admisión, la suspensión, [y] la ejecución de la sentencia”. Concluyó que, en el fondo, la medida busca “anular los contrapesos institucionales y otorgar manos libres al Ejecutivo”, lo que consideró “un paso hacia la consolidación de un régimen autoritario”.
